El impuesto de sucesiones por herencia puede costarte desde cero euros hasta decenas de miles, y la diferencia depende casi por completo de dónde vivía la persona fallecida. Heredar una misma cantidad en Madrid o en Asturias supone pagar cifras radicalmente distintas. Por eso, antes de pensar en qué harás con lo heredado, conviene saber cuánto se queda Hacienda. En España este tributo está cedido a las comunidades autónomas, y cada una aplica sus propias bonificaciones, reducciones y tipos.
Qué es el impuesto de sucesiones y quién lo paga
Es un tributo que grava la transmisión de bienes y derechos cuando alguien fallece. Lo paga quien recibe la herencia, no quien la deja. Está regulado por la Ley 29/1987 del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones y desarrollado por su reglamento, pero su gestión y recaudación corresponden a cada autonomía.
Eso explica la gran disparidad territorial. El Estado fija una base común y las comunidades pueden mejorar las reducciones, crear bonificaciones propias y ajustar la tarifa. El resultado: un mosaico fiscal donde cuánto se paga por herencia cambia según el código postal del difunto.
El factor que más influye: el grupo de parentesco
La normativa divide a los herederos en cuatro grupos. Cuanto más cercano es el vínculo, menos se paga.
- Grupo I: descendientes menores de 21 años. Las reducciones más altas.
- Grupo II: descendientes de 21 o más años, cónyuges y ascendientes. Suelen tener bonificaciones muy generosas.
- Grupo III: hermanos, tíos, sobrinos, suegros y otros parientes de segundo y tercer grado.
- Grupo IV: primos, parientes lejanos y personas sin parentesco. Aquí la factura se dispara.
Un sobrino o un amigo pueden pagar varias veces más que un hijo por la misma cantidad. El parentesco pesa tanto como la comunidad de residencia.
Cuánto se paga por herencia según la comunidad autónoma
La regla general es clara: si eres cónyuge, hijo o padre del fallecido, en la mayoría de territorios pagarás poco gracias a bonificaciones que llegan al 99%. Si eres pariente lejano, la cosa cambia mucho. El impuesto por herencia entre comunidades presenta diferencias enormes para los grupos I y II.
A grandes rasgos, y a fecha de 2026, el panorama para herencias entre familiares directos es aproximadamente este:
| Comunidad | Situación habitual (grupos I y II) |
|---|---|
| Madrid | Bonificación cercana al 99%. Se paga muy poco. |
| Andalucía | Reducción amplia y bonificación alta para familiares directos. |
| Comunidad Valenciana | Bonificación elevada para cónyuges y descendientes. |
| Galicia | Reducciones generosas, mínimo exento alto para hijos. |
| Cataluña | Bonificaciones por tramos; cuanto mayor la herencia, menos bonificación. |
| Asturias | Tradicionalmente de las más gravosas para herencias altas. |
| País Vasco y Navarra | Regímenes forales propios con reglas específicas. |
Estas cifras son orientativas. Las comunidades modifican sus bonificaciones con frecuencia, así que conviene verificar la normativa vigente en el momento del fallecimiento. El dato decisivo es la residencia habitual del fallecido durante los cinco años anteriores a su muerte, no donde viva el heredero.
Por qué importa tanto la fecha del fallecimiento
El impuesto se devenga el día del fallecimiento. Las reglas que se aplican son las que estaban en vigor ese día, no las del momento en que presentas la declaración. Si una comunidad cambia su bonificación a mitad de año, lo relevante es qué normativa regía cuando murió la persona.
Cómo se calcula el impuesto paso a paso
Conocer el método te ayuda a entender por qué dos herencias parecidas acaban pagando importes distintos. El cálculo sigue siempre la misma lógica, aunque cada comunidad afine los detalles.
- Masa hereditaria: se suma el valor de todos los bienes y derechos, y se restan deudas y gastos deducibles (como el funeral).
- Base imponible individual: lo que corresponde a cada heredero según el reparto.
- Reducciones: se aplican las del grupo de parentesco, las de vivienda habitual, seguros de vida o discapacidad.
- Base liquidable: el resultado tras restar las reducciones.
- Tarifa: se aplica el tipo progresivo (estatal o autonómico) y los coeficientes multiplicadores según parentesco y patrimonio previo.
- Bonificaciones: finalmente se descuenta el porcentaje que cada comunidad concede sobre la cuota.
La vivienda habitual del fallecido suele disfrutar de una reducción importante si la heredan el cónyuge o los hijos, con el compromiso de mantenerla unos años. Las empresas familiares también gozan de reducciones notables para favorecer la continuidad del negocio.
Plazos, recargos y consejos prácticos
El plazo general para liquidar el impuesto es de seis meses desde el fallecimiento, prorrogable otros seis si lo solicitas dentro de los cinco primeros. Pasarte de fecha implica recargos y, eventualmente, intereses de demora. No es un trámite que convenga aplazar sin avisar.
Si quieres reducir la factura legalmente y evitar sustos, ten en cuenta estos puntos:
- Solicita la prórroga a tiempo si la herencia es compleja o hay desacuerdos entre herederos.
- Reúne facturas de funeral y deudas pendientes del fallecido: son deducibles.
- Comprueba si la vivienda habitual da derecho a reducción y respeta el periodo de mantenimiento.
- Revisa los seguros de vida: tienen reducciones específicas que mucha gente olvida declarar.
- Valora los inmuebles con criterio realista; sobrevalorar dispara el impuesto, infravalorar puede provocar una comprobación.
- Guarda toda la documentación: un buen orden ahorra tiempo y discusiones con la administración.
Si la herencia incluye bienes en otra comunidad o en el extranjero, las reglas se complican y conviene revisar la información especializada en herencias antes de presentar nada. Cuando hay negocios de por medio, también ayuda repasar la parte contable y fiscal con detalle, porque una valoración mal hecha arrastra problemas durante años.
Heredar dinero: impuestos más allá de sucesiones
Al heredar dinero los impuestos no terminan en el de sucesiones. Si recibes un inmueble urbano, en muchos municipios deberás pagar también la plusvalía municipal por el incremento de valor del terreno. Y a futuro, los bienes heredados pueden generar tributación adicional.
Por ejemplo, si vendes una vivienda heredada, la ganancia patrimonial tributa en el IRPF. Y si los bienes empiezan a darte rentas (alquileres, dividendos, intereses), esos ingresos se declaran cada año. Heredar no es solo un pago puntual: abre una nueva relación fiscal que conviene planificar.
Este artículo tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento fiscal o legal personalizado. Consulta con un profesional antes de tomar decisiones sobre tu herencia.
Preguntas frecuentes
¿Tengo que pagar el impuesto de sucesiones aunque renuncie a la herencia?
Si renuncias de forma pura y total antes de aceptar, no pagas el impuesto de sucesiones por esos bienes. Pero ojo: si renuncias a favor de una persona concreta, Hacienda puede entender que primero aceptaste y luego donaste, con la tributación que eso implica.
¿Qué pasa si no puedo pagar el impuesto con dinero líquido?
Puedes solicitar un aplazamiento o fraccionamiento del pago a la administración. En herencias sin liquidez, la ley contempla plazos especiales, aunque suelen conllevar intereses. Conviene pedirlo dentro del plazo de los seis meses para evitar recargos.
¿Influye dónde vivo yo o dónde vivía el fallecido?
Lo determinante es la residencia habitual del fallecido durante los cinco años previos a su muerte. Esa comunidad fija la normativa aplicable, con independencia de dónde resida cada heredero. Por eso el lugar de fallecimiento marca tanto la diferencia.
El siguiente paso
Localiza el certificado de empadronamiento del fallecido para confirmar en qué comunidad tenía su residencia habitual: ese dato decide qué bonificaciones te corresponden y te da una estimación realista de cuánto vas a pagar antes de presentar nada.






